La Unión Europea dio un paso importante en la lucha contra la deforestación y la degradación forestal al aprobar el Reglamento (UE) 2023/1115, que establece medidas estrictas para la introducción y comercialización de ciertos productos en el mercado europeo.
Este Reglamento Europeo de Lucha contra la Deforestación (EUDR), que entrará en vigor a partir de enero de 2025, tiene como objetivo reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la pérdida de biodiversidad mundial asociadas a la producción intensiva como el ganado bovino, el cacao, el café, la palma aceitera, el caucho, la soja y la madera.
Una de las principales disposiciones del reglamento es que los operadores y comerciantes tienen la responsabilidad de garantizar que los productos importados cumplan con criterios estrictos, incluida la ausencia de deforestación y el cumplimiento de la legislación del país de producción.
Esto implica la presentación de una declaración de diligencia debida para demostrar que los productos han sido producidos de manera sostenible y no contribuyen a la deforestación incluyendo varios elementos clave como:
- Origen y proveedores: Debe proporcionar información detallada sobre el origen de los productos y los proveedores involucrados en su producción.
- Cumplimiento legal: Debe certificar que los productos han sido producidos de acuerdo con la legislación vigente en el país de origen, incluidas las leyes ambientales y de protección forestal.
- Prácticas sostenibles: Debe detallar las prácticas agrícolas, ganaderas o forestales utilizadas en la producción de los productos y demostrar que son sostenibles y respetuosas con el medio ambiente.
- Evaluación de riesgos: Debe incluir una evaluación de los riesgos asociados con la deforestación y la degradación forestal en la cadena de suministro, así como las medidas tomadas para mitigar estos riesgos.
- Transparencia y trazabilidad: Debe proporcionar información transparente y detallada sobre la cadena de suministro de los productos, desde su origen hasta su llegada al mercado europeo, para garantizar su trazabilidad.
- Certificaciones y estándares: Debe hacer referencia a certificaciones y estándares reconocidos internacionalmente que respalden las prácticas sostenibles y la ausencia de deforestación en la producción de los productos.
En resumen, la declaración de diligencia debida debe ser un documento completo y detallado que demuestre el compromiso del operador o comerciante con la producción sostenible y la protección de los bosques, así como su cumplimiento con la legislación y los estándares internacionales pertinentes.
Además, el reglamento establece medidas de seguimiento, transparencia y control para garantizar su aplicación efectiva.
La Autoridad competente nacional es la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que dispone de la siguiente dirección de correo electrónico para atender a la consultar relacionadas con la aplicación del Reglamento: bzn-rgtodeforest@miteco.es.
En este sentido también se ha publicado el listado de autoridades competentes responsables del cumplimiento de las obligaciones del EUDR a nivel nacional que puede consultar en el link Autoridades competentes EUDR España.
Así pues, los citados productos deben cumplir tres condiciones para ser introducidos en el mercado de la Unión: estar libres de deforestación, producidos conforme a la legislación del país de origen y respaldados por una declaración de diligencia debida.
Los operadores deben ejercer diligencia debida antes de introducir productos en el mercado o exportarlos, lo que implica recopilar información, evaluar riesgos y tomar medidas para reducirlos. También deben presentar una declaración de diligencia debida y facilitar información a autoridades competentes y comerciantes posteriores.
Los comerciantes tienen obligaciones similares a los operadores y deben facilitar controles a las autoridades competentes. Existen disposiciones específicas para pymes y se establece un plazo de transición para su cumplimiento.
Autor: Narcís Romero