Nuevos controles del servicio de inspección Soivre sobre las importaciones de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) y de pilas y acumuladores (PPAA)

Los controles a las importaciones de los AEE, así como de las PPAA comenzarán a realizarse entre mayo y junio de 2022 en aplicación del ROHS, y se suman a los controles sobre la seguridad de los productos industriales actualmente realizados por el Servicio de Inspección Soivre.

¿Qué es el ROHS?

El ROHS (Restriction of Hazardous Substances) se regula en la Directiva 2011/65/UE que establece las restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

El ROHS refuerza las normas existentes sobre el uso de sustancias peligrosas, tales como el plomo, el mercurio o el cadmio, en aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) con objeto de proteger la salud humana y el medio ambiente, en particular, permitiendo la valorización y eliminación adecuadas desde el punto de vista medioambiental de residuos de AEE.

En un anexo de la Directiva, se establecen las categorías de AEE contempladas por la legislación. Se incluyen desde electrodomésticos hasta equipos de telecomunicaciones, además de una categoría de carácter general y abierto.

Los importadores tienen la obligación de controlar que los aparatos estén homologados para cumplir las normas exigidas a los fabricantes en aras de garantizar que cualquier AEE que comercialicen haya sido diseñado y fabricado conforme a los requisitos recogidos en la legislación.

En este punto será imprescindible que los fabricantes de terceros países faciliten la Declaración de Conformidad de los productos importados junto con los Informes de Ensayo que acrediten la conformidad de los mismos a la Directiva ROHS.

Como importador, asegúrese de estar dado de alta en el Registro Integrado Industrial correspondiente.

Los productos sujetos a control se encuentran enumerados en los anexos del Real Decreto 219/2013, Real Decreto 110/2015 y el Real Decreto 106/2008, así como todos los aparatos eléctricos y electrónicos incluidos en el Real Decreto 330/2008 de 29 de febrero, por el que se adoptan medidas de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos, y la Orden PRE/735/2010 que modifica la lista de productos incluidos en el anexo I.

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