REACH, son las siglas en inglés de Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemicals, o en castellano Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de productos químicos
Con el objetivo de establecer medidas de protección de la salud humana y del medio ambiente, la Unión Europea trabaja entre otros ámbitos en el control de las sustancias y mezclas químicas presentes en los productos y materiales de uso cotidiano.
A nivel comunitario, la entidad competente para la evaluación y tratamiento de la información relacionada es la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas) cuyos informes son trasladados a la Comisión Europea, quien finalmente elabora los reglamentos y directivas que se traspondrán en legislación de los Estados miembros.
Para el control efectivo de la presente problemática, el Reglamento CE 1907/2006 establece un sistema de registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias químicas, las cuales aparecen definidas en cuanto a su naturaleza, fabricación, comercialización y uso, en el Anexo VII del mismo.
De este modo los fabricantes e importadores de productos químicos destinados al mercado interior, o el suministro a usuarios intermedios, deben estar obligatoriamente registrados en la ECHA y deben aportar a dicha entidad las fichas de datos de seguridad e información acerca de la gestión de riesgos de las sustancias que fabrican o importan, siempre que fabriquen o importen una determinada sustancia por encima del umbral de 1000 kg anuales.
Los usuarios intermedios, es decir aquellos que usen los productos afectados en sus procesos de fabricación del producto final, deberán adoptar las medidas de gestión de riesgos que puedan detallarse en las fichas de datos de seguridad de los productos químicos.
En cuanto a los importadores de productos que contengan dichas substancias, deberán conocer la legislación, y deberán en su caso aportar declaraciones de conformidad al reglamento comunitario, o a requerimiento de la aduana información técnica detallada de los componentes de sus productos, a los que deberán poder disponer desde su cadena logística.
¿Su empresa fabrica o importa productos químicos afectados por el REACH?
Pueden consultar la lista de los productos afectados en el Anexo XVII del reglamento, (página 397) ya sea por su denominación, o con su número de CAS
En caso afirmativo… ¿qué gestiones debo realizar?
Deberán ponerse en contacto con la ECHA, y presentar las solicitudes pertinentes mediante la gestión de sus formularios y sistemas de aporte de documentos.
¿Qué documentos necesito?
- Fichas de datos de seguridad.
- Identificación CAS del producto.
- Información sobre el tratamiento de los riesgos derivados de su uso.
Mi empresa trabaja con estos productos, pero no somos ni fabricantes ni importadores, ¿debemos realizar alguna gestión?
Si son ustedes usuarios intermedios, deberán disponer de la documentación que habrá gestionado anteriormente el productor o importador a la hora de obtener su autorización, así como asegurar el cumplimiento de las medidas de seguridad incluidas en las fichas de datos de seguridad de los productos.
¿Y si mi empresa trabaja con productos obtenidos tras una elaboración que incluya productos afectados por el reglamento?
De igual modo, deberá poder disponer de la documentación inicial en el caso que las autoridades se la requieran, por lo que deberán asegurarse con sus proveedores que los productos están al corriente de los controles, así como su gestión durante toda la cadena de suministro.
En caso de no poder disponer de las documentaciones requeridas, ¿estaría incumpliendo alguna ley?
La Ley que regula el régimen sancionador en España es la LEY 8 de 2010
¿Podemos ayudarte?
Si necesitas más información al respecto, no dudes en consultarnos y os ayudaremos en todo lo necesario (info@floresaduanas.com).
Enlaces de interés:
- Información del REACH en la web de la Unión Europea
- Web de la Agencia Europea de productos químicos
- Información del REACH en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Reglamento R CE 1907 / 2006
- Orientación para usuarios intermedios de productos afectados por el REACH
Autor: Néstor Guillamot